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Banca Empresarial

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Créditos para capital de trabajo:

Modalidades:

Crédito simple, línea de crédito y línea de crédito revolvente.

Moneda:

Pesos cubanos (CUP) y Pesos Cubanos convertibles (CUC).

Plazo máximo:

18 meses.

Dirigido a:

Órganos u organismos de la Administración Central del Estado, empresas estatales, uniones, unidades presupuestadas, unidades inversionistas de naturaleza estatal, y cualesquiera otras entidades vinculadas al Presupuesto Central del Estado.

Fines:

Se destinan a financiar los activos circulantes de las entidades productivas, comerciales y de servicios, para ciclos de producción, venta y cobro no superiores a dieciocho meses.

Requisitos:

  • Constitución e inscripción en los registros establecidos.
  • Operar cuenta bancaria en la sucursal de la solicitud.
  • Nombramiento y firma de las personas autorizadas a contraer y pagar deudas.
  • Modelo de solicitud.
  • Documentación solicitada para el análisis de riesgo.
  • Contrato de crédito una vez aprobado el mismo.

Garantías:

  • Bancarias: Cartas de garantía, carta de crédito contingente.
  • No bancarias: Letras de crédito o pagarés domiciliados y aceptados; letras de cambio o pagarés avalados; cesión de derechos de cobro; garantías solidarias; cuentas plica.

Créditos para inversiones:

Modalidades:

Crédito simple, línea de crédito y línea de crédito revolvente.

Moneda:

Pesos cubanos (CUP) y Pesos Cubanos convertibles (CUC).

Plazo máximo:

Hasta 10 años.

Dirigido a:

Órganos u organismos de la Administración Central del Estado, empresas estatales, uniones, unidades presupuestadas, unidades inversionistas de naturaleza estatal, y cualesquiera otras entidades vinculadas al Presupuesto Central del Estado.

Fines:

Se destinan a financiar los gastos asociados a estudios de preinversión, construcción o modernización de inmuebles; compra de activos fijos; gastos asociados con la puesta en marcha del proyecto y aportación del capital accionario, cuyo destino sea la formalización de activos fijos.

Requisitos:

  • Constitución e inscripción en los registros establecidos.
  • Operar cuenta bancaria en la sucursal de la solicitud.
  • Nombramiento y firma de las personas autorizadas a contraer y pagar deudas.
  • Modelo de solicitud.
  • Documentación solicitada para el análisis de riesgo.
  • Contrato de crédito una vez aprobado el mismo.

Garantías:

  • Bancarias: Cartas de garantía, carta de crédito contingente.
  • No bancarias: Letras de crédito o pagarés domiciliados y aceptados; letras de cambio o pagarés avalados; cesión de derechos de cobro; garantías solidarias; cuentas plica.

Cuentas corrientes:

Moneda:

Pesos cubanos (CUP) y pesos convertibles (CUC).

Dirigido a:

Unidades presupuestadas, organismos, empresas mixtas y extranjeras, empresas estatales cubanas, empresas privadas cubanas, CPA, CCS y UBPC, organizaciones no gubernamentales y Asociaciones, entre otras.

Principales características:

  • La provisión de fondos es de $ 1 000.00 CUC o CUP.
  • Se le cobrarán al cliente tasas y comisiones por las diferentes operaciones que realice a partir de su cuenta.
  • Se le venderán al cliente talonarios de cheques y transferencias para realizar sus pagos.
  • El cliente recibirá un estados de su cuenta con la periodicidad y por la vía que elija.
  • Las cuentas operan con saldo acreedor y no admiten sobregiros.
  • El titular de la cuenta puede autorizar a terceras personas a hacer disposiciones.
  • La cuenta puede ser abierta de forma indistinta, individual o conjunta.
  • En las cuentas en CUC, las extracciones de fondos hacia el exterior se harán de acuerdo a lo que dicte el Banco Central de Cuba.
  • En las cuentas en CUC, para operaciones en otras monedas, se aplica el Tipo de Cambio vigente del día de la operación en la moneda que corresponda contra el peso convertible.

Requisitos:

  • Solicitud de apertura de cuenta.
  • Depósito inicial.
  • Presentación de la documentación legal de la entidad.
  • Registro de firmas autorizadas a operar la cuenta.
  • Presentación de la licencia expedida por el Banco Central para operar en divisas (para cuentas en CUC).
  • Contrato de adhesión.

Cuentas técnicas de ingreso:

s una cuenta para posibilitar a clientes sin cuenta en sucursales de BANDEC que puedan depositar sus ingresos y que estos sean canalizados hacia su cuenta centralizada en BANDEC o en otro banco.

Moneda:

Pesos cubanos (CUP) y pesos cubanos convertibles (CUC).

Dirigido a:

Personas jurídicas cubanas.

Principales características:

  • Recibirá depósitos en divisas de los clientes lo mismo en efectivo que en otros medios de pago.
  • El saldo de la cuenta técnica se transferirá a la cuenta del cliente con la periodicidad que se acuerde previamente, quedando la cuenta con saldo cero hasta que el cliente vuelva a depositar.
  • El monto de la cuenta se transfiere a otras cuentas en BANDEC o a cuentas de otros bancos.
  • No admite otro tipo de transacción que no sean los depósitos pactados y la transferencia de los fondos según se acuerde.

Requisitos:

  • Modelo de solicitud del servicio.
  • Formalizar del contrato.
  • Tener cuenta corriente en alguna sucursal de BANDEC o en otro banco.

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