Trámites y Servicios

Información útil y acceso a Trámites y Servicios

Medios de Pago

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 0 Rating )
Pin It

Las letras de cambio y servicios asociados:

  • Pueden ser utilizadas por personas naturales y jurídicas.
  • Se emitirán en divisas y en moneda nacional.
  • Pueden ser pagaderas a la vista, a días o meses vista, a días o meses fecha o a día fijo.
  • Pueden ser endosadas antes de su vencimiento.
  • Pueden ser avaladas, lo que constituye una obligación independiente de la que contraen las partes.
  • La aceptación de la letra es el reconocimiento del girado de que sí está obligado al pago.
  • El protesto es el medio de acreditar la falta de aceptación o de pago, y hay que efectuarlo antes de los 8 días siguientes al día en que se demanda la aceptación o pago de la letra.
  • Sólo podrán utilizarse en transacciones de compraventa de bienes y servicios.
  • Serán negociables sólo en el territorio de la República de Cuba.

Servicios asociados:

Aceptación:

El girador presenta las letras para que BANDEC gestione su aceptación.

Requisitos:

  • Presentación de las letras.
  • Resolución o copia certificada sobre el funcionario autorizado a emitir y aceptar letras de cambio.

Gestión de cobro:

El girador presenta al banco las letras, solicitando la gestión del cobro de las mismas a su vencimiento.

Requisitos:

  • Presentación de las letras.
  • Resolución o copia certificada sobre el funcionario autorizado a emitir y aceptar letras de cambio.
  • En el caso de letras a término, debe presentar escrito solicitando las acciones que desea se ejecuten con ellas a su vencimiento.

Aval:

El banco avala las letras aceptadas, estableciéndose el compromiso de pago adicional al del cliente.

Requisitos:

  • Presentación de los efectos a avalar.
  • Resolución o copia certificada sobre el funcionario autorizado a emitir y aceptar efectos.
  • Tener cuenta corriente o depositar colateral.
  • Presentar solicitud de aval.

Descuento:

El girador presenta al banco las letras no vencidas el cual se las descontará aplicando la tasa de descuento adecuada.

Transferencia de Fondos:

El Banco de Crédito y Comercio transfiere fondos por orden de sus clientes hacia otras sucursales de Bandec u otros bancos, en beneficio del propio cliente o de otras personas.

Moneda:

Pesos cubanos(CUP) y Pesos cubanos convertibles (CUC).

Dirigido a:

Personas naturales y jurídicas.

Principales características:

  • El servicio se puede efectuar a partir de un depósito de efectivo o basado en una cuenta que tenga el cliente en el banco.
  • Las transferencias de fondos se tramitarán mediante teléfono, telégrafo o correo ordinario o electrónico, de acuerdo a las preferencias del cliente.
  • No existen límites en cuanto al importe a transferir.

Requisitos:

  • Modelo de Solicitud de transferencia.
  • Cuenta corriente o deposito en efectivo por el importe de la transferencia incluyendo la comisión del banco.

Cartas de créditos:

El Banco de Crédito y Comercio, obrando por orden de un cliente, se obliga a pagar a un tercero o autoriza a otro banco para que pague en el territorio nacional, contra la entrega de los documentos exigidos, siempre que se cumplan los términos y condiciones fijados en el texto del crédito.

Moneda:

Pesos cubanos (CUP) y pesos cubanos convertibles (CUC).

Dirigido a:

Personas jurídicas cubanas y extranjeras radicas en el país.

Principales características:

  • El banco emisor y el negociador serán dos sucursales de BANDEC siempre que el cliente no solicite lo contrario.
  • Se realizarán el o los pagos siempre que se cumplan los términos y condiciones del contrato.
  • Se reserva el importe de la Carta de Crédito del saldo de la cuenta del cliente en caso que la posea. De no ser titular de una cuenta corriente en nuestro banco, el cliente puede presentar un cheque certificado o garantía bancaria irrevocable por un monto que cubra el importe de la carta de crédito más los gastos.
  • Las cartas de crédito pueden ser enmendadas y canceladas por el cliente, de mutuo acuerdo entre las partes, en aspectos como la fecha de vencimiento, importe y puerto de embarque. No se puede modificar el nombre del beneficiario.
  • Las cartas de crédito pueden ser: Revocables e irrevocables; a la vista o con pagos diferidos; confirmadas o no; transferibles total o parcialmente a uno o mas beneficiarios; rotativas acumulativas o no.

Requisitos:

Ordenante:

  • Complementar modelo de solicitud de apertura de carta de crédito.
  • Tener cuenta corriente con disponibilidad de fondos suficientes para cubrir el importe de la carta de crédito más gastos, o en su defecto, cheque certificado o garantía bancaria irrevocables.
  • Formalización del contrato.

Beneficiario:

  • Presentación de carta de aviso de carta de crédito.
  • Identificación del beneficiario. Si tiene cuenta corriente, a través del registro de firmas, y si no tiene cuenta, a través de documento de identidad personal.
  • Que la documentación presentada por el beneficiario coincida con las cláusulas del contrato y que no existan discrepancias.

Cheque de gerencia:

BANDEC dispone para la venta, previa solicitud de los clientes, cheques de gerencia nominativos o a la orden, para efectuar pagos en moneda nacional o divisas dentro del territorio nacional.

Moneda:

Pesos cubanos (CUP) y pesos cubanos convertibles (CUC).

Dirigido a:

Personas naturales o jurídicas.

Principales características:

  • Los cheques de gerencia nominativos podrán expedirse por cualquier importe sin límite alguno, mientras que los cheques de gerencia a la orden tienen un tope máximo de $ 5.000,00.
  • Los cheques caducaran transcurridos 60 días naturales a partir de su fecha de emisión.
  • Pueden ser vendidos en efectivo o con cargo a la cuenta del cliente.
  • No se emitirán cheques de gerencia a favor de oficinas bancarias (excepto para cuentas de administración de fondos) ni para ser cobrados fuera del territorio nacional.
  • Los cheques serán aceptados por cualquier banco autorizado a operar en el territorio nacional y serán denominados en la moneda que se señale en el mismo.
  • Los compradores de cheques de gerencia podrán devolver los cheques en blanco no utilizados y solicitar el reintegro de su importe a la oficina bancaria emisora.

Requisitos:

  • Modelo de solicitud.
  • Pago del importe del o los cheques incluyendo la comisión del banco.

Escribir un comentario

Cuando haga su comentario tenga en cuenta que:
- No debe usar palabras obscenas u ofensivas.
- Los comentarios deben estar relacionados con el tema.
- No se publicarán los comentarios que incumplan las políticas anteriores.


¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?